Condiciones generales

Índice de contenidos:

Artículo 1 – Definiciones
Artículo 2 – Identidad del empresario
Artículo 3 – Aplicabilidad
Artículo 4 – La oferta
Artículo 5 – El acuerdo
Artículo 6 – El precio
Artículo 7 – Cumplimiento y garantía
Artículo 8 – Entrega y ejecución
Artículo 9 – Operaciones de duración: duración, terminación y prórroga
Artículo 10 – Pago
Artículo 11 – Procedimiento de reclamación
Artículo 12 – Litigios
Artículo 13 – Disposiciones adicionales o diferentes
Artículo 14 – Adeudo directo

En estas condiciones, se aplicarán las siguientes definiciones:

Artículo 1 – Definiciones

1. Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o negocio y que celebra un contrato a distancia con el empresario;

2. Día: día natural;

3. Soporte de datos duradero: cualquier medio que permita al consumidor o empresario almacenar la información dirigida a él personalmente de forma que permita la consulta futura y la reproducción inalterada de la información almacenada.

4. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a los consumidores a distancia;

5. Contrato a distancia: acuerdo en el que, en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, hasta la celebración del contrato inclusive, se hace uso exclusivo de una o varias técnicas de comunicación a distancia;

6. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un acuerdo, sin que el consumidor y el empresario se encuentren en la misma sala al mismo tiempo.

7. Condiciones generales: las presentes condiciones generales del empresario.

Artículo 2 – Identidad del empresario

JEPA S.L. | Best Alarm System

Dirección: Avenida Ramon del Valle Inclan 24
03184 Torrevieja, España

Tel. NL: +31683871516
Tel. ES: +34633 425 713

Dirección de correo electrónico: info@best-alarm-system.eu

Número fiscal: B42678029

Artículo 3 – Aplicabilidad

1. Estas condiciones generales se aplican a todas las ofertas del empresario y a todos los contratos y pedidos a distancia celebrados entre el empresario y el consumidor.

2. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si esto no es razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia, se indicará que las condiciones generales pueden inspeccionarse en los locales del empresario y que se enviarán gratuitamente al consumidor lo antes posible cuando lo solicite.

3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de forma que pueda ser fácilmente almacenado por el consumidor en un soporte de datos duradero. Si esto no es razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia, se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que se enviarán por vía electrónica o de otra forma gratuita a petición del consumidor.

4. En caso de que se apliquen condiciones específicas del producto o del servicio además de estas condiciones generales, se aplicarán los párrafos segundo y tercero en consecuencia y, en caso de que las condiciones generales sean contradictorias, el consumidor siempre podrá acogerse a la disposición aplicable que le resulte más favorable.

5. Si una o varias disposiciones de estas condiciones generales son total o parcialmente nulas o anuladas en cualquier momento, el acuerdo y estas condiciones seguirán vigentes por lo demás y la disposición en cuestión será sustituida sin demora en consulta mutua por una disposición que se aproxime lo más posible al sentido de la original.

6. Las situaciones no reguladas en estas condiciones generales deben ser evaluadas “en el espíritu” de estas condiciones generales.

7. Las dudas sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones generales deben interpretarse “en el espíritu” de las mismas.

Artículo 4 – La oferta

1. Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará explícitamente en la oferta.

2. La oferta es sin compromiso. El empresario tiene derecho a modificar y ajustar la oferta.

3. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para que el consumidor pueda evaluar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, éstas son una representación veraz de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores obvios o evidentes en la oferta no vinculan al empresario.

4. Todas las imágenes, especificaciones y datos de la oferta son indicativos y no pueden ser motivo de compensación o disolución del acuerdo.

5. Las imágenes de los productos son una representación real de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados correspondan exactamente a los colores reales de los productos.

6. Cada oferta contiene la información necesaria para que el consumidor tenga claro qué derechos y obligaciones conlleva la aceptación de la oferta.

Artículo 5 – El acuerdo

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el acuerdo entra en vigor en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas en ella.

2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el comerciante confirmará inmediatamente la recepción de la aceptación de la oferta por vía electrónica. Mientras el empresario no confirme la recepción de esta aceptación, el consumidor puede disolver el acuerdo.

3. Si el acuerdo se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transferencia electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario deberá observar las medidas de seguridad adecuadas.

4. El empresario puede -dentro del marco legal- informarse de si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que son importantes para una conclusión responsable del acuerdo a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el acuerdo, tiene derecho a rechazar una orden o solicitud o a imponer condiciones especiales para su ejecución, indicando los motivos.

5. El empresario enviará al consumidor la siguiente información con el producto o servicio, por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte de datos duradero:

a. la dirección del establecimiento del empresario al que puede dirigirse el consumidor para presentar sus reclamaciones;

b. la información sobre las garantías y el servicio posventa existente;

c. los datos incluidos en el apartado 3 del artículo 4 de estas condiciones, a menos que el empresario ya haya facilitado estos datos al consumidor antes de la ejecución del acuerdo;

d. Todos los acuerdos se celebran bajo la condición suspensiva de una disponibilidad suficiente de los productos en cuestión.

Artículo 6 – El precio

1. Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofertados no se verán incrementados, a excepción de las modificaciones de precios debidas a cambios en los tipos de IVA.

2. Contrariamente a lo indicado en el párrafo anterior, el Empresario puede ofrecer productos o servicios cuyos precios están sujetos a las fluctuaciones del mercado financiero que están fuera del control del Empresario, con precios variables. Este vínculo con las fluctuaciones y el hecho de que los precios mencionados son precios objetivo se mencionarán en la oferta.

3. Los aumentos de precio en el plazo de 1 mes tras la celebración del contrato sólo se permiten si son consecuencia de normas o disposiciones legales.

4. Los aumentos de precio a partir de 1 mes después de la celebración del contrato sólo se permiten si el empresario los ha estipulado y:

a. son el resultado de regulaciones o estipulaciones legales; o

b. el consumidor está autorizado a rescindir el contrato el día en que entra en vigor el aumento de precio.

5. Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

6. Todos los precios están sujetos a errores de impresión y tipografía. No se aceptará ninguna responsabilidad por las consecuencias de los errores de impresión y tipografía. En caso de errores de impresión y composición, el empresario no está obligado a entregar el producto según el precio incorrecto.

Artículo 7 – Conformidad y garantía

1. El comerciante garantiza que los productos y/o servicios se ajustan al contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a los requisitos razonables de solidez y/o utilidad y a las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales existentes en la fecha de celebración del contrato. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto al normal.

2. Una garantía ofrecida por el comerciante, el fabricante o el importador no afecta a los derechos y reclamaciones legales que el consumidor puede hacer valer contra el comerciante en virtud del contrato.

3. Cualquier producto defectuoso o erróneo debe ser comunicado al empresario por escrito dentro de las 4 semanas siguientes a la entrega. Los productos deben ser devueltos en su embalaje original y en condiciones nuevas.

4. El periodo de garantía del empresario se corresponde con el periodo de garantía de la fábrica. No obstante, el empresario no se responsabiliza en ningún caso de la idoneidad final de los productos para cada una de las aplicaciones del consumidor, ni de los consejos sobre el uso o la aplicación de los productos.

5. La garantía no se aplica si:

– El consumidor ha reparado y/o modificado los productos entregados por sí mismo o los ha hecho reparar y/o modificar por terceros;

– Los productos entregados han sido expuestos a condiciones anormales; o

Artículo 8 – Entrega y ejecución

1. El empresario tendrá el mayor cuidado posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar las solicitudes de prestación de servicios.

2. El lugar de entrega es la dirección que el consumidor ha dado a conocer a la empresa.

3. Sin perjuicio de lo indicado en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida rapidez. Los pedidos se entregarán al servicio de mensajería el siguiente día laborable. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede realizarse o sólo puede realizarse parcialmente, se notificará al consumidor una vez realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a disolver el acuerdo sin gastos. El consumidor no tiene derecho a ninguna indemnización.

4. Todos los plazos de entrega son orientativos. El consumidor no puede derivar ningún derecho de los términos mencionados. Exceder un plazo no da al consumidor ningún derecho de compensación.

5. En caso de disolución de acuerdo con el apartado 3 de este artículo, el empresario devolverá el importe pagado por el consumidor lo antes posible, pero a más tardar en los 14 días siguientes a la disolución.

6. Si la entrega de un producto solicitado resulta imposible, el empresario se esforzará por proporcionar un artículo de sustitución. A más tardar en el momento de la entrega, se indicará de forma clara y comprensible que se está entregando un artículo de sustitución. En el caso de los artículos de sustitución, no se puede excluir el derecho de desistimiento. Los costes de cualquier envío de devolución correrán a cargo del empresario.

7. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y puesto en conocimiento del empresario, salvo que se acuerde explícitamente lo contrario.

Artículo 9 – Operaciones de duración: duración, terminación y prórroga

Terminación

1. El consumidor puede rescindir en cualquier momento un contrato de duración indefinida, que se extiende al suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, con sujeción a las normas de rescisión aplicables y a un plazo máximo de preaviso de un mes.

2. El consumidor puede rescindir un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios en cualquier momento al final de la duración determinada, de acuerdo con las normas de rescisión aplicables y con un plazo de preaviso que no exceda de un mes.

3. El consumidor puede rescatar los acuerdos mencionados en los párrafos anteriores:

– terminar en cualquier momento y no estar limitado a la terminación en un momento específico o durante un período específico;

– por lo menos terminarlos de la misma manera en que fueron ingresados por él;

– siempre terminan con el mismo plazo de preaviso que el empresario ha estipulado para sí mismo.

Extensión

4. Un contrato de duración determinada que se haya celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no puede prorrogarse o renovarse tácitamente por un plazo determinado.

4. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, un contrato de duración determinada que se haya celebrado para el suministro regular de periódicos y revistas diarios o semanales podrá renovarse tácitamente por un plazo fijo no superior a tres meses, si el consumidor puede rescindir este contrato renovado hacia el final de la renovación con un plazo de preaviso no superior a un mes.

5. Un contrato de duración determinada celebrado para la entrega periódica de productos o servicios sólo puede prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindir el contrato en cualquier momento con un plazo de preaviso que no exceda de un mes y un plazo de preaviso que no exceda de tres meses en caso de que el contrato prevea la entrega periódica, pero menos de una vez al mes, de periódicos y revistas diarios o semanales.

6. Un contrato de duración limitada para el suministro regular de periódicos y revistas diarios o semanales a modo de introducción (suscripción de prueba o introductoria) no se continúa tácitamente y termina automáticamente al final del periodo de prueba o introductorio.

Duración

7. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor puede rescindir el contrato en cualquier momento después de un año con un plazo de preaviso de hasta un mes, a menos que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes del final de la duración acordada.

Artículo 10 – Pago

1. Salvo que se acuerde lo contrario, los importes adeudados por el consumidor deben abonarse en un plazo de 7 días laborables.

2. El consumidor tiene la obligación de pagar